lunes, 4 de agosto de 2014

SOBRE LA ILEGALIDAD DE LAS FOTOMULTAS





En los tiempos que corren es muy común recibir en nuestros domicilios notificaciones de multas e infracciones realizadas a nuestros vehículos tanto en el ejido urbano como en rutas nacionales y provinciales.

Sepan que por lo general, las mismas son manifiestamente ilegales e ilegítimas, además de improcedentes y/o falaces y de menoscabar las garantías de debido proceso.  Las siguientes son algunas de las razones:
  • Las infracciones no son notificadas de manera fehaciente (sobre todo las “supuestamente” labradas en rutas del interior del país).
  • No aportan prueba suficiente.
  • Ilegibilidad de la foto-multa.
  • Radares (cinemómetros) ocultos para constatar la infracción de manera furtiva y/o no homologados por el INTI, se calcula que el 10 % ya viene con problemas de fábrica en el software.
  • Tienen un espíritu netamente recaudador y no preventivo de accidentes de tránsito, incumpliendo con el espíritu de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449.
  • Muchas veces son firmadas por oficiales de las Policías Provinciales que, por todo lo expuesto anteriormente, podrían estar incurriendo en los delitos de abuso de autoridad y/o incumplimiento de los deberes de funcionario publico.

De todas maneras, es importante asesorarse y contestar conveniente y fehacientemente las notificaciones recibidas, a los fines de evitar el pago de las mismas y consecuencias mayores a futuro.

NO LO OLVIDE: LOS ÚNICOS QUE CONOCEN DE DERECHO SON LOS ABOGADOS.

SI SIENTE QUE ALGUNOS DE SUS DERECHOS ESTÁN SIENDO VULNERADOS, NO DUDE EN CONSULTARNOS!

DR. CÉSAR R. GONZÁLEZ - ABOGADO

CEL.: (011) 15-3300-5356

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