El acoso laboral
o “mobbing” es una situación donde una persona se ve sometida en su lugar de
trabajo por otra persona u otras personas a una serie reiterada y prolongada de
conductas hostiles. Se trata de un grave estrés psico-social que trae aparejado
niveles alarmantes de estrés crónico que pueden desencadenar un síndrome de
desgaste profesional (“burn out”) además de otras enfermedades psico-biológicas.
En tal sentido,
las diversas manifestaciones de acoso psicológico deben ser encuadradas como
incumplimientos contractuales del empleador a sus deberes de buena fe, de obrar
como “buen empleador”, actuando con espíritu de colaboración y solidaridad
(arts. 62 y 63, LCT) y de previsión.
Algunos ejemplos
de acoso laboral son:
· impedir que el trabajador
utilice los sanitarios para sus necesidades fisiológicas;
·
que no existan pausas y
limitaciones a la duración del trabajo;
·
la asignación de tareas excesivas
o de difícil realización;
·
hacerlo trabajar en condiciones
anti-ergonómicas, sabiendo que ello constituye un daño para el trabajador;
·
el aislamiento físico del
trabajador;
·
cambiarle constantemente y en
forma arbitraria las modalidades de trabajo;
·
el hostigamiento y la falta de
comunicación;
·
la propagación de conceptos
peyorativos;
·
la asignación de tareas
humillantes o vergonzantes;
·
retar al trabajador en público,
agraviarlo o menoscabar su imagen;
·
acusar y culpar injustamente al
trabajador por hechos que le son ajenos;
·
utilizar técnicas para sabotear
las tareas del trabajador;
·
molestar e interrumpir los trabajos
que intenta realizar el trabajador;
·
insultar y ridiculizar al
trabajador;
·
intentar agredir físicamente al
trabajador;
·
utilización de micrófonos y
cámaras en espacios privados,
·
pesquisa del correo
electrónico;
·
inspecciones inconsultas e
inapropiadas de pertenencias personales, saqueos y desaparición de bienes
personales del trabajador;
NO LO OLVIDE: LOS ÚNICOS QUE CONOCEN DE
DERECHO SON LOS ABOGADOS.
SI SIENTE QUE ALGUNOS DE SUS DERECHOS ESTÁN SIENDO VULNERADOS, NO DUDE EN CONSULTARNOS!
DR. CÉSAR R. GONZÁLEZ - ABOGADO
CEL.: (011) 15-3300-5356
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