ACOSO LABORAL (MOBBING)

El acoso laboral o “mobbing” es una situación donde una persona se ve sometida en su lugar de trabajo por otra persona u otras personas a una serie reiterada y prolongada de conductas hostiles. Se trata de un grave estrés psico-social que trae aparejado niveles alarmantes de estrés crónico que pueden desencadenar un síndrome de desgaste profesional (“burn out”) además de otras enfermedades psico-biológicas.

En tal sentido, las diversas manifestaciones de acoso psicológico deben ser encuadradas como incumplimientos contractuales del empleador a sus deberes de buena fe, de obrar como “buen empleador”, actuando con espíritu de colaboración y solidaridad (arts. 62 y 63, LCT) y de previsión.

Algunos ejemplos de acoso laboral son:
·      impedir que el trabajador utilice los sanitarios para sus necesidades fisiológicas;
·        que no existan pausas y limitaciones a la duración del trabajo;
·        la asignación de tareas excesivas o de difícil realización;
·        hacerlo trabajar en condiciones anti-ergonómicas, sabiendo que ello constituye un daño para el trabajador;
·        el aislamiento físico del trabajador;
·        cambiarle constantemente y en forma arbitraria las modalidades de trabajo;
·        el hostigamiento y la falta de comunicación;
·        la propagación de conceptos peyorativos;
·        la asignación de tareas humillantes o vergonzantes;
·        retar al trabajador en público, agraviarlo o menoscabar su imagen;
·        acusar y culpar injustamente al trabajador por hechos que le son ajenos;
·        utilizar técnicas para sabotear las tareas del trabajador;
·        molestar e interrumpir los trabajos que intenta realizar el trabajador;
·        insultar y ridiculizar al trabajador;
·        intentar agredir físicamente al trabajador;
·        utilización de micrófonos y cámaras en espacios privados,
·        pesquisa del correo electrónico;
·        inspecciones inconsultas e inapropiadas de pertenencias personales, saqueos y desaparición de bienes personales del trabajador;

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DR. CÉSAR R. GONZÁLEZ - ABOGADO


CEL.: (011) 15-3300-5356

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